El Decreto 572 del 28 de mayo de 2025 modifica el Decreto 1625 de 2016 e introduce nuevas bases y tarifas de retención y autorretención en la fuente. Comenzó a regir desde el 1 de junio de 2025, y afecta tanto al sector privado como al público en Colombia.
🔄 Principales Cambios
Reducción de Bases para Retención:
Servicios: de 4 UVT → 2 UVT
Bienes agrícolas y café: de 92/160 UVT → 70 UVT
Venta de vivienda: de 20.000 UVT → 10.000 UVT
Otros ingresos: de 27 UVT → 10 UVT
Aumento de Tarifas:
Oro: de 1% → 2.5%
CDAT: de 0% → 4%
Autorretenciones:
Actividades agropecuarias: nuevas tarifas de hasta 1.20%
💼 Impacto para las Empresas
PYMEs:
Menor liquidez por más anticipos.
Mayor carga administrativa al ampliar operaciones sujetas a retención.
Sector Agro y Salud:
Necesidad de revisar precios y presupuestos ante nuevas tarifas.
Impacto directo en clínicas, hospitales, EPS.
Sector Público:
Emolumentos, honorarios y pagos institucionales ahora sujetos desde 10 UVT.
📈 Ventajas del Decreto
Mayor eficiencia en el recaudo.
Facilita fiscalización tributaria.
Reducción de la evasón.
⚠️ Riesgos para el Contribuyente
Disminución de flujo de caja.
Inseguridad jurídica (demandas en curso ante Consejo de Estado).
🤝 Recomendaciones Clave
Actualiza tus sistemas contables.
Evalúa el impacto financiero mensual.
Supervisa los posibles cambios derivados de litigios.
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